PANTER VITA ECO
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En Fase 1 (y nueva fase 0), se permite la apertura de locales comerciales y de prestación de servicios asimilados con una superficie útil de exposición y venta inferior o igual a 400 metros cuadrados sin cita previa. En la fase 2, los centros y parques comerciales podrán abrir con un aforo máximo del 30% de sus zonas comunes y del 40% en cada uno de los establecimientos comerciales.

El Boletín oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden de flexibilización para las unidades territoriales que pasan a Fase 2 dentro del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, así como las modificaciones de anteriores ordenes con el fin de flexibilizar las medidas de las fases 0 y 1.

El próximo lunes 18 de mayo, las islas de Formentera y Cabrera (Baleares) y las de La Graciosa, El Hierro y La Graciosa (Canarias) pasarán a fase 2.

Por su parte, pasan a fase 1 las provincias de Málaga y Granada, con lo que Andalucía contará con todo su territorio ya en este nivel, al igual que Castilla La Mancha con el progreso de Toledo, Ciudad Real y Albacete. La Comunidad Valencia contará a partir del lunes también con todas sus provincias en fase 1. En Castilla y León avanzan a fase 1 un total de 42 zonas básicas de salud mientras que en Cataluña lo harán las zonas sanitarias de Cataluña Central, Girona, Lleida y Alt Penedés i Garraf.

Mientras, El Gobierno ha anunciado que la nueva Fase 0, también denominada Fase 0,5 tendrá medidas de alivio para los territorios que no pasan de fase: todas las capitales de provincia de Castilla y León, la Comunidad de Madrid, el área metropolitana de Barcelona y el Bajo Montseny. Territorios que suponen el 30 por ciento de la población.

De este modo, cerca del 70% de la población española (32 millones de personas) se encuentra desde este lunes en fase 1 y el 30% (14 millones) permanece en una fase 0 flexibilizada. 45.000 ciudadanos progresas a fase 2.

COMERCIO FASE 0 Y FASE 1
La Orden publicada por el Gobierno recoge modificaciones a anteriores órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones a aquellas unidades territoriales que se encuentran en Fase 0 y Fase 1. Para aquellas unidades territoriales que se encuentran en Fase 0, se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios.

Así, en Fase 1 (y fase 0), se permite la apertura de locales comerciales y de prestación de servicios asimilados con una superficie útil de exposición y venta inferior o igual a 400 metros cuadrados sin cita previa. En establecimientos con una superficie útil superior, se establece que se pueda acotar el espacio que se reabra al público ajustándose a este umbral.

Las acciones comerciales o de promoción deberán estar acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad o el cumplimiento de los límites de aforo.

COMERCIO EN FASE 2
Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades profesionales pueden reabrir al público con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre que se reduzca al 40% el aforo en cada una de las plantas de las que conste y que garantice una distancia mínima de dos metros entre clientes.

En los locales en los que no sea posible mantener esta distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente y habrá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años. Se podrá establecer sistemas de recogida en el establecimiento, escalonada que evite aglomeraciones en el interior del local o su acceso y un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.

Los centros y parques comerciales podrán abrir con un aforo máximo del 30% de sus zonas comunes y del 40% en cada uno de los establecimientos comerciales.

No se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes excepto para el tránsito entre establecimientos. Deberán permanecer cerradas las áreas recreativas como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso.

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